Las obras de misericordia son 14 tipos de limosna


-I- Leemos en 1 Jn 3,17: El que tuviere bienes de este mundo y, viendo a su hermano pasar necesidad, le cierra las entrañas, ¿cómo mora en él la caridad de Dios? 

El motivo que impulsa a dar limosna es acudir en auxilio de quien es víctima de una necesidad, y por eso algunos definen la limosna  
una obra con que por compasión se da algo al indigente por amor de Dios
Ese motivo, corresponde a la misericordia, y por eso la limosna corresponde propiamente a la misericordia. Y dado que, la misericordia es efecto de la caridad, dar limosna es igualmente acto de caridad mediante la misericordia. 

En la limosna se distinguen siete tipos de limosna corporal: dar de comer al hambriento, dar de beber al sediento, vestir al desnudo, dar posada al peregrino, visitar a los enfermos, redimir al cautivo y enterrar a los muertos, recogidas en el verso: 
visito, doy de beber, doy de comer, redimo, cubro, recojo, entierro. 

Igualmente se distinguen otras siete espirituales: enseñar al que no sabe, dar buen consejo al que lo ha menester, consolar al triste, corregir al que yerra, perdonar las injurias, sufrir las flaquezas del prójimo y rogar por todos, recogidas asimismo en este verso: 
aconseja, enseña, corrige, consuela, perdona, sufre, ora,
comprendiendo bajo el mismo término el consejo y la doctrina. 

La división de la limosna propuesta está fundada, con razón, sobre la diversidad de deficiencias que hay en el prójimo. 
  • Algunas se refieren al alma, y a ellas se ordenan las limosnas espirituales; 
  • otras, en cambio, corresponden al cuerpo, y a ellas se ordenan las limosnas corporales. 

Las deficiencias corporales se dan en vida o después. Si se dan en vida, o son deficiencias de cosas comunes a todos los hombres, o se trata de alguna deficiencia especial, debido a algún accidente que sobreviene. En el primer caso, las deficiencias son o interiores o exteriores. Las interiores, por su parte, son dobles: unas que se socorren con el alimento, como es el hambre, y por eso se pone dar de comer al hambriento, y otras que se remedian con la bebida, es decir, la sed, y a ella corresponden las palabras dar de beber al sediento. Las deficiencias comunes externas relacionadas con el auxilio son también dobles: unas, respecto al vestido, y por eso se pone vestir al desnudo, y otras respecto a la falta de techo, y a ella se asigna dar posada al peregrino. De igual modo, en el caso de alguna deficiencia especial, ésta responde a una causa intrínseca, como la enfermedad, en cuyo caso se asigna visitar a los enfermos, o a una causa extrínseca, y a ella corresponde redimir al cautivo. Finalmente, después de la vida se da a los muertos sepultura

Asimismo, las deficiencias espirituales se socorren con obras espirituales de dos modos. 
1. Pidiendo auxilio a Dios, y a ello corresponde la oración que se hace por los demás
2. Dando socorro humano, hecho que reviste, a su vez, tres modalidades: las deficiencias del entendimiento especulativo, cuyo remedio es la doctrina, y las del entendimiento práctico, cuyo remedio es el consejo. Otras deficiencias tienen su origen en la potencia apetitiva, y entre ellas la mayor es la tristeza, cuyo remedio es el consuelo
Las que provienen de acciones desordenadas pueden considerarse también desde tres puntos de vista: 
  1. Desde el pecador en cuanto que proceden de su desordenada voluntad, y el remedio apropiado es la corrección
  2. Desde la persona contra la que se peca, en cuyo caso, si el pecado es contra nosotros, el remedio es perdonar las injurias, y si es contra Dios o contra el prójimo, no está en nuestro albedrío perdonar, como escribe San Jerónimo In Matth.
  3. Desde las consecuencias de la acción desordenada con que, aun sin intentarlo, se irrogan molestias a las personas con que se convive, y el remedio es entonces sobrellevar, sobre todo en los casos en que se peca por debilidad, a tenor de las palabras del Apóstol en Rom 15,1: 
Los fuertes deben sobrellevar las flaquezas de los débiles
Mas no sólo hay que sobrellevar a los débiles que resultan pesados con sus desordenadas acciones, sino también cualquier tipo de molestia, según otro testimonio del Apóstol en Gál 6,2: 
Ayudaos mutuamente a soportar vuestras cargas

Hay dos maneras de comparar estas limosnas. 
1. Considerándolas como son en sí mismas. Desde este punto de vista, las espirituales son superiores a las corporales por tres razones: 
1.1 Porque lo que se da es en sí mismo de mayor valor, ya que se trata de un don espiritual, siempre mayor que un don corporal, según leemos en Prov 4,2:  
Os daré un buen don: no olvidéis mi ley
1.2 La atención a quien recibe el beneficio: el alma es más noble que el cuerpo. Por donde, como el hombre debe mirar por sí mismo más en cuanto al espíritu que en cuanto al cuerpo, otro tanto debe hacer con el prójimo, a quien está obligado a amar como a sí mismo. 
1.3 Por las acciones mismas con que se auxilia al prójimo: las acciones espirituales son más nobles que las corporales, que en cierto modo son serviles. 

2. También se pueden comparar los dos tipos de limosna en un caso particular. En ese plano sucede a veces que se prefiere la limosna corporal a la espiritual. Por ejemplo, al que se muere de hambre, antes hay que alimentarle que enseñarle; o, como advierte el Filósofo, es mejor dotar (al indigente) que volverlo filósofo, aunque lo último sea en absoluto mejor. 
La limosna corporal se puede considerar desde dos puntos de vista. 
2.1 En cuanto a su sustancia. En este sentido tiene solamente un efecto corporal, por cuanto llena las necesidades corporales del prójimo. 
2.2 Puede ser considerada por parte de la causa, es decir, en cuanto da la limosna por amor a Dios y al prójimo. En este caso aporta fruto espiritual, según el Eclo 29,13-14: 
pierde dinero por el pobre, pon tu tesoro en los preceptos del Altísimo, y te aprovechará más que el oro
2.3 Por el efecto. En este sentido, la limosna corporal tiene también efecto espiritual en cuanto que el prójimo, por la limosna recibida, se siente movido a orar por el bienhechor. Por eso se añade en el mismo lugar (v.15):  
Echa limosna en el seno del pobre, y ella orará por ti contra todo mal
A nadie se castiga con penas eternas por omitir algo que no esté mandado bajo precepto. Pero hay quienes son castigados por no hacer limosnas, como es de ver en San Mateo 25,41ss. Es, pues, de precepto dar limosna. Siendo de precepto el amor al prójimo, debe serlo también lo que resulte indispensable para conservar ese amor. Pues bien, en virtud de ese amor debemos no solamente querer, sino también procurar el bien del prójimo, a tenor de lo que enseña San Juan (1 Jn 3,18):  
No amemos de palabra y con la lengua, sino con obras y de verdad
Ahora bien, querer y hacer bien al prójimo implica socorrerle en sus necesidades, lo cual se realiza con la donación de la limosna. Por tanto, ésta es preceptiva. Pero, dado que los preceptos versan sobre los actos de las virtudes, es necesario que dar limosna caiga bajo precepto en la medida en que este acto es necesario para la virtud, es decir, según lo exija la recta razón. Pues bien, esto implica dos tipos de relación: 
  • una respecto a quien da la limosna, 
  • y otra respecto a quien la recibe. 
De parte de quien la da hay que considerar que lo que se haya de dar en limosna sea superfluo, a tenor de lo que leemos en San Lucas 11,41:  
Dad limosna de lo que os sobre
Y llamo superfluo lo que lo es no sólo respecto de la persona, o sea, lo innecesario para el individuo, sino también respecto de las personas que están a su cargo. Cada uno, efectivamente, debe atender ante todo a sus necesidades propias y a las de las personas que tiene a su cargo, a cuyo tenor se llama necesario de la persona, por cuanto el concepto persona incluye también su condición y su rango. Hecho esto, con el sobrante se vendrá en ayuda de las necesidades de los demás. De esta manera se comporta también la naturaleza: primero se procura lo necesario de la nutrición para sustentación del propio cuerpo, el resto lo gasta en la generación de otros seres nuevos. De parte de quien recibe la limosna se exige que esté en necesidad; de lo contrario no habría razón para dársela. Mas, dado que uno solo no puede remediar las situaciones de cuantos lo necesitan, no toda necesidad obliga bajo precepto, sino solamente cuando quien la padece no pueda ser socorrido de otra manera. En este caso tiene aplicación lo que afirma San Ambrosio:  
Da de comer al que muriere de hambre; si no lo alimentas, lo mataste
En conclusión: es preceptivo dar limosna de lo superfluo y hacerla a quien se encuentre en necesidad extrema. Fuera de esas condiciones, es de consejo, igual que es de consejo cualquier bien mejor. 

Los bienes temporales otorgados por Dios al hombre son, ciertamente, de su propiedad; el uso, en cambio, debe ser no solamente suyo, sino también de cuantos puedan sustentarse con lo superfluo de los mismos. Por eso escribe San Basilio:  
Si confiesas que se te han dado divinamente (los bienes temporales), ¿es injusto Dios al distribuir desigualmente las cosas?, ¿por qué tú abundas y aquél, en cambio, mendiga, sino para que tú consigas méritos con su bondadosa dispensación y él sea decorado con el galardón de la paciencia? Es pan del hambriento el que amontonas, vestido del desnudo el que guardas en el arca, calzado del desvalido el que se te apolilla y dinero del pobre el que tienes soterrado. Por lo cual, en tanto sufres vilipendio en cuanto no das lo que puedes
Y eso mismo dice San Ambrosio y las Decretales. Se puede determinar un tiempo en el que peca mortalmente quien no haga caso de dar limosna. Por parte de quien la recibe, cuando es urgente y evidente la necesidad, y de momento no hay otro que la socorra. Por parte de quien la da, cuando tiene algo superfluo que, según todas las probabilidades, no le es absolutamente necesario. Pero no es tampoco necesario que se prevea cuanto le pueda sobrevenir en el futuro. Esto equivaldría a pensar en el mañana, prohibido por el Señor (Mt 6,34). 

-II- Dice el Señor en Mt 19,21:  
Si quieres ser perfecto, vete, vende lo que posees y dalo a los pobres
Mas quien da lo que tiene a los pobres no da solamente lo superfluo, sino también lo necesario. Luego el hombre puede dar limosna de lo necesario. Lo necesario puede significar aquí dos cosas. 
  • Primera: algo sin lo que no puede existir una cosa. Con ese tipo de necesario, no debe hacerse limosna en absoluto. Por ejemplo, el caso de quien, estando en necesidad, solamente tuviera lo indispensable para vivir él y sus allegados. Dar limosna de eso necesario equivaldría a quitarse a sí mismo la vida y a los suyos. Digo esto, a no ser que se presentara un caso en el que se lo quitara a sí mismo para dárselo a una persona cualificada de la que depende el mantenimiento de la Iglesia o del Estado. En esas circunstancias, exponerse a sí mismo y a los suyos a peligro de muerte por la liberación de esa persona, sería digno de encomio, ya que se debe preferir el bien común al propio. 
  • Lo necesario puede significar también algo sin lo que no se puede vivir a tenor de las exigencias normales de la condición y del estado de la propia persona y de los demás cuyo cuidado le incumbe. El límite de ese necesario no se funda en algo indivisible; antes bien, se le puede añadir mucho, y aun así no pasar el límite de lo necesario; se le puede también restar mucho y quedar bastante para desenvolver la vida de un modo adecuado al propio estado. Por tanto, dar limosna de este tipo de necesario es bueno; pero no cae bajo precepto, sino que es de consejo. Sería, por el contrario, un desorden si se privara de sus bienes propios para dárselos a otro hasta llegar al extremo de que con el remanente no pudiera desenvolver adecuadamente su vida conforme al estado y dificultades que se presenten: nadie debe vivir indecorosamente. Aquí, sin embargo, deben exceptuarse tres casos. 
  1. El cambio de estado; por ejemplo, el ingreso en religión. Abandonar en este cambio sus bienes por Cristo es cumplir una obra de perfección tomando estado diferente. 
  2. Cuando lo que se da, aunque necesario para mantener el propio rango, puede recuperarse con facilidad y no se siguen inconvenientes graves. 
  3. Cuando se presenta una necesidad extrema de la persona privada o una necesidad grande del Estado. En estos casos sería digno de encomio abandonar lo tocante al estado decoroso para socorrer necesidad mayor. 

-III- Escribe San Agustín en el libro De verb. Dom.:  
Haced limosnas con lo ganado en trabajo justo. Y no penséis corromper a Cristo juez para que desoiga a los pobres a quienes despojasteis. No queráis dar limosna con préstamos y usura; hablo a los fieles a quienes distribuimos el cuerpo de Cristo
Hay tres modos de adquirir ilícitamente una cosa. 
  1. Lo ilícitamente adquirido pertenece a aquel de quien se adquiere, no pudiéndolo retener quien lo haya adquirido. Es el caso que se da en la rapiña, el hurto y la usura. Hay obligación de restituirlo, y no se puede dar en limosnas. 
  2. Lo adquirido no puede retenerlo quien lo adquirió, y, sin embargo, no se puede dar a aquel de quien lo adquirió, pues lo recibió contra justicia de quien también lo dio contra justicia. Es el caso de la limosna en la que tanto el donante como el receptor obran contra la justicia de la ley divina. Por eso no se debe restituir a quien lo dio, sino que se debe repartir en limosna. Otro tanto debe hacerse en casos semejantes, es decir, siempre que tanto la donación como la aceptación van contra la justicia. 
  3. Lo adquirido es ilícito, no porque lo sea la adquisición en sí misma, sino por serlo los medios empleados, por ejemplo, lo que adquiere la mujer prostituyéndose. A esto se llama con propiedad lucro torpe. La mujer, en efecto, ejercitando la prostitución, actúa torpemente y contra la ley de Dios; pero por aceptar algo no obra ni injustamente ni contra la ley. Por tanto, lo así ilícitamente adquirido puede ser retenido y con ello se puede hacer limosna. 

Como afirma San Agustín en el libro De verb. Dom.:  
Algunos, entendiendo mal esas palabras del Señor, roban lo ajeno y lo dan a los pobres, creyendo hacer lo que está mandado
  • Hay que corregir esta interpretación, ya que se llama inicuas a todas las riquezas, como dice en el libro De Quaestionibus Evangelii, porque no son riquezas más que para los inicuos que ponen en ellas su esperanza. O como interpreta San Ambrosio: 
Habló de riquezas injustas porque con sus atractivos varios son tentados nuestros ánimos
  • O también, según comenta San Basilio, porque entre los múltiples antepasados a quienes sucedes en el patrimonio, habrá alguno que usurpó injustamente lo ajeno, aunque tú no lo sepas. 
  • O, por último, se puede hablar de riquezas injustas, es decir, de desigualdad a causa de la repartición desigual que hace que, estando uno en la indigencia, viva otro en la abundancia. 
Hemos expuesto ya cómo se puede hacer limosna con lo adquirido en prostitución. Con ello, sin embargo, no se hace sacrificio de oblación, bien por el escándalo, bien por la reverencia a lo sagrado. Puede hacerse también limosna con lo adquirido por simonía, ya que no se le debe a quien lo da, antes bien merece perderlo. En cuanto al dinero ganado en juegos de azar, puede haber en ello, según parece, algo ilícito por derecho divino. Tal es el caso, por ejemplo, de que se lucre uno a costa de quienes no tienen derecho a administrar sus bienes, como son los menores de edad, los furiosos y otros semejantes, y el caso también de quien arrastra a otro al juego por codicia de ganancia y fraudulentamente gana a su costa. En estos casos, hay obligación de restituir y no se puede hacer limosna con ello. Parece además que en tales prácticas hay algo ilícito por derecho civil positivo, que prohibe, en general, esta forma de lucro. Pero dado que el derecho civil no obliga a todos, sino sólo a quienes están sometidos a sus leyes, y además puede ser abrogado por desuso, los obligados a tales leyes están generalmente obligados a restituir lo que hubieran ganado, a no ser que prevalezca otra costumbre en contrario, o también que el ganancioso sea el inducido al juego. En este caso no hay obligación de restituir, porque el perdedor no es digno de volverlo a recibir; el ganador, por su parte, tampoco puede retenerlo si está en vigor el derecho positivo; por eso, en este caso, debe repartirse en limosna. 
En caso de necesidad extrema, todas las cosas son comunes. Es, por tanto, lícito a quien se encuentre en tal situación tomar lo ajeno para su sustentación si no encuentra quien quiera dárselo. Por la misma razón, el depositario de algo ajeno puede dar limosna con ello, e incluso robarlo, si no hay otro medio de atender al que sufre indigencia. Sin embargo, cuando puede hacerse sin peligro, se puede acudir en ayuda de quien se encuentra en necesidad extrema, después de haber pedido el competente permiso del propietario. El monje, si tiene dispensa de su superior, puede hacer limosna de los bienes del monasterio dentro de los límites que le hayan señalado. Si no la tiene, al no poseer nada propio, no puede hacer limosnas más que con el permiso razonablemente presunto del superior, excepto el caso de necesidad extrema, en el que sería lícito incluso robar para dar limosna. Mas por ese hecho no queda reducido a condición menos buena, porque, como está escrito en el libro De ecclesiast. dogm.
Bueno es repartir en limosnas a los pobres cuanto se tenga, pero es mejor, determinándose a seguir al Señor, darlo todo de una vez, y así, libre de cuidados, ser pobre con Cristo.